
1. Empleador presenta el Contrato de Trabajo en la oficina del Registro Laboral, de la Dirección General de Trabajo (7º nivel del edificio Torre Empresarial, 7 avenida 3-33 Zona 9).

2. Este contrato debe presentarse en el plazo de 15 días luego de que fue suscrito por las partes (Artículo 28 del Código de Trabajo).

3. Entrega contrato original y dos copias.

4. Se revisa que contrato cumpla con los requisitos de ley (artículo 29 del Código de Trabajo), entre estos:
a. Fecha de inicio de la relación laboral.
b. Tipo de servicios a prestar.
c. Lugar de prestación de los servicios.
d. Duración del Contrato.
e. Jornada de Trabajo.
f. El monto del salario.
g. Fecha de suscripción del contrato).

5. Se revisa el contrato y se le hacen observaciones, que el empleador puede rechazar o modificar.

6. Se recibe el contrato, se registra y si hay observaciones se remite a la Inspección General de Trabajo para lo que se estime conveniente.