Guatemala, 3 de abril de 2023. Queremos ofrecerte mejores servicios, es por ello que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, desea conocer tu opinión sobre el nuevo Procedimiento para la Autorización de Permisos de Trabajo para Personas Extranjeras en Relación de Dependencia, que estamos próximos a implementar.
¿Qué es el nuevo procedimiento?
Es un proceso a realizar por parte de los empleadores a través de una plataforma electrónica administrada por el Departamento de Permiso de Trabajo para Extranjeros del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con el objetico de facilitar, agilizar y apoyar a los diferentes usuarios, para la obtención de dicho permiso.
A continuación, encontrarás los pasos a seguir y los tiempos de respuesta a lo largo del procedimiento, léelo detenidamente y haznos saber tu opinión.
Procedimiento:
- Registro: el responsable o empleador debe registrarse en la plataforma electrónica de Permisos de Trabajo para Extranjeros.
- Solicitud de certificado: el usuario debe llenar el formulario de solicitud del trabajador, que se encuentra dentro de la plataforma electrónica y adjuntar los documentos solicitados.
Documentos:
- Copia simple de los documentos que acrediten la calidad con que actúa el empleador, en el caso de ser representante legal, deberá acompañar copia simple de la razón de su inscripción en el registro o registros respectivos.
- Copia simple de pasaporte vigente o del Documento Personal de Identificación (DPI) de la persona extranjera a contratar.
- Si la persona extranjera cuenta con residencia vigente, deberá presentar copia de la Certificación de Registro del Estatus Ordinario Migratorio extendida por el Instituto Guatemalteco de Migración.
- Certificación extendida por contador autorizado, en la que conste:
- Número total de trabajadores nacionales y extranjeros que laboral en la entidad.
- Salarios que devengan los trabajadores.
- Expresión de porcentajes respectivos de conformidad con la planilla.
- Análisis: El Departamento de Permiso de Trabajo para Extranjeros del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, analizará las solicitudes recibidas y verificará el cumplimiento de los requisitos.
En caso la Unidad de Permiso de Trabajo para Extranjeros determine que el usuario omitió o adjuntó de forma incorrecta algún requisito, previo a continuar con el trámite, emitirá una única providencia de requerimiento y notificará al usuario a través del correo electrónico registrado, para que subsane lo requerido en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles; en caso no sea subsanado el previo, la solicitud será rechazada.
- Pago del permiso: Una vez cumplidos y verificados los requisitos por el Departamento de Permiso de Trabajo para Extranjeros se emitirá una orden de compra:
- La orden de pago llegará al usuario dentro de la plataforma electrónica, así como al correo electrónico registrado.
- El pago debe realizarse únicamente en Banrural en una ventanilla de atención el cliente presentando la orden de pago emitida.
- La emisión de permiso autorizado para contratar personas extranjeras tiene un costo de Q.3,000.00 y la prorroga del mismo un costo de Q.2,000.00.
- El usuario debe adjuntar la boleta de pago a la solicitud realizada en la plataforma electrónica respectiva.
- Emisión del permiso: El Departamento de Permiso de Trabajo para Extranjeros emitirá la resolución que valida el permiso dentro de los treinta (30) días hábiles posteriores a la recepción y verificación del pago. Dicho documento podrá ser signado con firma electrónica avanzada.
- Notificación: El Departamento de Permiso de Trabajo para Extranjeros notificará la emisión de la resolución, a través del correo electrónico registrado.
- Registro: Una vez realizada la notificación por parte del Departamento de Permiso de Trabajo para Extranjeros, se procederá al registro del permiso de trabajo en el archivo.
- Vigencia del certificado: El certificado emitido tiene una vigencia de 1 año, renovable.
Este procedimiento estará disponible para comentarios hasta el 3/05/2023 de conformidad con lo establecido en la Ley de Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Número 5-2021.