La Unidad de Salud e Higiene es la encargada en materia de higiene y seguridad, para eliminar riesgos de accidentes y enfermedades ocupacionales con el fin de mejorar las condiciones de medio ambiente en los Centros de Trabajo.
Brinda asistencia técnica realizando mediciones de :
Es el conjunto de conocimientos que buscan garantizar el bienestar físico, mental y social del trabajador, y con ello su eficiencia en el trabajo, controlando aquellos riesgos que puedan producirle accidentes o enfermedades laborales.
El Reglamento General sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo nace en Guatemala en el año de 1957.
Que hacer como patrono?
“ART. 4 Todo patrono o su representante intermediario o contratista debe adoptar y poner en práctica en los lugares de trabajo, las medidas adecuadas de seguridad e higiene para proteger la vida, la salud y la integridad corporal de sus trabajadores...”
Al prevenir accidentes y enfermedades ocupacionales que afecten a los trabajadores en la empresa, se puede evitar la pérdida temporal o definitiva de algún recurso humano valioso, con conocimiento experiencia. Se pueden evitar además, los costos económicos debidos al tiempo perdido a los daños causados a máquinas, equipo, herramientas o materiales, en casos de accidentes entre otros.
Mejorando las condiciones de seguridad e higiene en la empresa se pueden esperar trabajadores mas satisfechos y productivos.
Que hacer como trabajador?
“ART. 8 Todo trabajador estará obligado a cumplir normas sobre higiene y seguridad, indicaciones e instrucciones que tengan por finalidad protegerle en su vida, salud e integridad corporal.
Un accidente provoca dolor y sufrimiento, tanto para el trabajador como para su familia, debido no solo a la lesión o padecimiento en sí, sino también a los tratamientos médicos necesarios para recuperarse. Además, puede provocar la pérdida parcial o total de los ingresos del trabajador durante todo el tiempo de recuperación o el resto de su vida si la lesión es permanente.
Es obligación contar con un Comité de higiene y Seguridad?
El Reglamento General sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo, establece que todo lugar de trabajo debe contar con una organización de Higiene y Seguridad. (Artículo 10).
Que es un Comité de Seguridad e Higiene?
Es un grupo de personas de una empresa, organizada para velar porque se mantengan buenas condiciones de Higiene y Seguridad, dar sugerencias para prevenir accidentes, el buen funcionamiento y estado de las máquinas y herramientas, reportar a la Dirección o Gerencia de la empresa los riesgos que detecten como un peligro para la salud de las y los trabajadores.
Quienes deben conformar el comité?
Debe integrarse con representantes de las y los trabajadores y del patrono, con el fin de que juntos propongan acciones para prevenir accidentes, enfermedades ocupacionales y mejorar las condiciones de Higiene, Seguridad y Medio Ambiente.
Formularios
Formulario de Notificacion para Creación de Comite de Salud y Seguridad Ocupacional
Requisitos para la Integración del Comité de Salud y Seguridad
Base Legal
Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional - Acdo Gubernativo 229-2014
Reformas al Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional - Acuerdo Gubernativo 51-2015
Reformas al Reglamento de Salud y Seguridad Ocupacional - Acuerdo Gubernativo 199-2015
El Programa del Aporte Económico del Adulto Mayor (PAM) es ejecutado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y surge derivado de la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, Decreto Número 85 - 2005 y sus reformas, Decreto Número 39 – 2006 y Decreto Número 4-2022.
Los adultos mayores de 65 años en situación de extrema pobreza pueden aplicar a este programa para recibir un aporte económico mensual de Q500 para que puedan cubrir sus necesidades básicas.
El PAM es un programa gratuito, ningún adulto mayor debe pagar por aplicar, por retirar su aporte mensual o por el estudio socioeconómico correspondiente, el cual únicamente realizan trabajadoras sociales del Mintrab.
A continuación, encontrarás información sobre perfil del beneficiarios, requisitos, procedimiento, contacto y base legal.
Para ser beneficiarios de este aporte, las personas deberán cumplir con lo estipulado en la Ley y sus reformas, siendo:
Las personas que cumplan con el perfil de beneficiario y deseen formar parte del Aporte deberán presentar en las oficinas de PAM:
* Derivado de las reformas a la Ley, ya no es necesario presentar declaración jurada.
*Cada 2 años, el adulto mayor volverá a ser efecto de un nuevo estudio socioeconómico para analizar si hubo algún cambio en su estado.
Dudas consultas y comentarios hacerlos a través del número telefónico: 22346815
Instalaciones del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor: Avenida Reforma 2-32, zona 9, Guatemala, Guatemala.
Atención de lunes a viernes, en horario de 8:00 a 16:00 horas.
*Recuerda que todos estos servicios son gratuitos y nadie puede cobrarte por ningún proceso.
Declaración Jurada PAM - Acuerdo Gubernativo 156-2020
Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor - Decreto 85-2005
Reformas a la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor - Decreto 39-2006
Reglamento de la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor – Acuerdo Gubernativo 86-2007
Reforma al Acuerdo Gubernativo Número 86-2007, Reglamento De La Ley Del Programa De Aporte Económico Del Adulto Mayor - Acuerdo Gubernativo 99-2012
Reformas a la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor - Decreto
Informe - Suspendidos por aportes acumulados del 1-1-2019 al 24-4-2019
Informe - Suspendidos por falta de sobrevivencia del 1-1-2019 al 24-4-2019
En cumplimiento de las funciones que las leyes del país asignan a la Dirección General de Previsión Social como dependencia del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a travez de la Unidad de Protección al adolescente trabajador, se da seguimiento al programa de divulgación de los derechos y obligaciones que corresponden a los Adolecentes Trabajadores, por la necesidad de que los involucrados en las relaciones laborales, mediante el conocimiento adecuado de sus derechos y obligaciones, desarrollen las mismas en un ambiente de armonía y respeto, que necesariamente ha de favorecer al sector laboral y al proceso productivo del país.
Derechos Laborales de Adolescentes Trabajadores
Convenio 138 sobre edad mínima de admisión al empleo
Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil
Acuerdo Gubernativo 250 -2006 para la aplicación del Convenio 182
Para más información puede acudir a la Unidad de Protección al Adolescente Trabajador, ubicada en la 7a. Avenida 3-33 Zona 9 Edificio Torre Empresarial 5to. Nivel o llamar al teléfono: 2422-2540.
Procedimiento
El Ministerio de Trabajo y Previsión Social, por medio de la Inspección General de Trabajo, informa a los señores empleadores que para solicitar Solvencias de Faltas de Trabajo deberá seguir los siguientes pasos:
Videotutoriales