Guatemala, abril, 2020 (MINTRAB). Este lunes, el Ministerio de Economía firmó el Acuerdo Ministerial que permitirá la implementación del Fondo de Protección al Empleado, en colaboración con el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través de una plataforma integrada electrónica para facilitar su acceso y agilizar el proceso.
El objetivo de esta medida, aprobada por el Congreso de la República el pasado 03 de abril, mediante el Decreto 13-2020, es entregar un beneficio económico de Q75 a los trabajadores del sector privado, afectados por la suspensión laboral a causa del COVID- 19, mientras sus contratos de trabajo se mantienen suspendidos.
"Este fondo cuenta con Q2,000 millones que serán entregados a partir de la primera semana de mayo, una vez se firme el convenio con el Crédito Hipotecario Nacional, y agregó que esta medida permitirá apoyar a aproximadamente 290 mil trabajadores al mes, hasta por tres meses, o hasta cuando alcancen los recursos."
Antonio Malouf Ministro de Economía
"La coordinación interinstitucional, es fundamental para poder apoyar de manera más ágil a los trabajadores que se han visto afectados durante la pandemia."
Rafael Lobos Madrid Ministro de Trabajo
Procedimiento para la solicitud de suspensión de los contratos laborales y para aplicar al beneficio del Fondo de Protección del Empleado:
- Un representante de la empresa solicitante ingresa a la página web para llenar la solicitud de suspensión de los contratos laborales a través de la página www.mineco.gob.gt o www.mintrabajo.gob.gt.
- Luego de ingresar aparecerán dos formularios, y deberá hacer click en el formulario denominado "solicitud de suspensión de contrato de trabajo".
- El representante deberá llenar la información solicitada y cargar los documentos requeridos para poder autorizar la suspensión de los contratos y se debe grabar la solicitud.
- Al completar este paso, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, procede a la verificación de la papelería y, si todo está correcto, emite la resolución correspondiente y traslada automáticamente la información al Ministerio de Economía.
- Una vez completado el formulario, automáticamente el Ministerio de Economía recibe la información y verifica que la empresa esté comprendida dentro de las actividades económicas autorizadas para recibir el fondo (industria, agroindustria, artesanías, servicio y comercio). Si es así, se procede a hacer el cálculo del beneficio, se elabora la nómina y se envía al banco para realizar el pago.
- Una vez recibida la nómina de pago, el banco procede a realizar el depósito, directamente a la cuenta del beneficiario, en cualquier banco del sistema, o a través de una transferencia realizada por el Crédito Hipotecario Nacional al celular del trabajador.
- Luego de haber hecho lo anterior, y dentro de los 10 días de la siguiente quincena del mes, el empleador debe ingresar a la página, y llenar el formulario de actualización de los empleados que aún se encuentren suspendidos, para que puedan recibir el siguiente pago.
Cabe destacar que el Ministerio de Economía habilitó un call center para ampliar información y/o resolver dudas relacionadas a la implementación del Fondo de Protección al Empleado a través del número:
2390-6565