Permisos de Trabajo a Personas Extranjeras

Permisos de Trabajo a Personas Extranjeras

–PEX–

El Departamento de Permisos de Trabajo a Extranjeros es una unidad especializada de la Dirección General de Empleo del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Su función principal es gestionar, evaluar y resolver las solicitudes de autorización para que personas extranjeras puedan laborar en Guatemala bajo una relación de dependencia.

Este departamento vela por el cumplimiento de la normativa vigente, garantizando que el proceso sea transparente, eficiente y accesible tanto para empleadores como para personas extranjeras que desean integrarse legalmente al mercado laboral guatemalteco.

Todas las personas extranjeras que se encuentren de forma regular en el país y deseen laborar en relación de dependencia.

Para garantizar la eficiencia, transparencia y cumplimiento de la normativa vigente, se establecen los siguientes plazos para cada etapa del proceso de solicitud de permisos de trabajo para personas extranjeras:

  • Cumplimiento de previo (corrección de requisitos): 5 días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de la notificación.
  • Evaluación de documentación: Hasta 10 días hábiles para verificar el cumplimiento de los requisitos legales.
  • Orden de pago: 5 días hábiles para realizar el pago y cargar la boleta al sistema, contados desde la notificación.
  • Orden de archivo: Hasta 6 meses para completar el proceso antes de que el expediente sea archivado.
  • Solicitud de prórroga: Debe presentarse al menos 15 días hábiles antes del vencimiento del permiso vigente.
  • Cancelación de permisos: Hasta 15 días hábiles después de la finalización de la relación laboral.
  • Plazo total del trámite: Máximo de 20 días hábiles para la resolución de la solicitud.

Procedimiento

1

Solicitud

Completa el formulario y adjunta los documentos requeridos.

2

Evaluación

Revisión de requisitos en un máximo de 10 días hábiles.

3

Correcciones

Si existen observaciones, se notifican para su subsanación.

4

Pago

Se genera la orden de pago y se carga la boleta correspondiente.

5

Resolución

Se autoriza el permiso mediante firma electrónica.

6

Notificación

La resolución es enviada mediante el sistema electrónico.

Una vez emitida la orden de pago por el sistema, el interesado deberá realizar el pago según el tipo de Solicitud.

  • Permiso nuevo: Q. 3,000.00
  • Prórroga de permiso: Q. 2,000.00

El interesado dispone de 5 días hábiles para efectuar el pago y cargar la boleta al sistema electrónico.

El pago del permiso de trabajo aplica únicamente a los empleadores que solicitan contratar personas extranjeras en relación de dependencia.

Otros documentos

El Departamento de Permisos a Extranjeros del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, realiza sus funciones de conformidad con las siguientes regulaciones:

  • Ley para la Simplificación de Requisitos y Trámites Administrativos, Decreto Número 5-2021 del Congreso de la República de Guatemala.
  • Acuerdo Gubernativo 178-2025 Reglamento de autorización de permiso de trabajo a personas extranjeras en relación de dependencia
  • Acuerdo Ministerial 125-2022 – Procedimiento para Emisión de Permisos de Trabajo a Personas Extranjeras a través del Sistema en línea del Departamento de Permisos a Extranjeros
Horario de atención:

Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas

Dirección:

7a. Avenida, 3-33, zona 9, nivel 1, Ventanilla No. 8, Ciudad de Guatemala.

Contacto:

2422-2500
Ext: 1051- 1052